¿Debo Ir a la DIAN como Modelo Webcam o Creadora de Contenido para Adultos? Lo Que Nadie Te Dice de la Gestión Tributaria

Tu Relación con la DIAN: Más Distancia, Menos Riesgo

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es la entidad fiscal que regula tus obligaciones en Colombia. Respecto a la interacción presencial, la premisa es casi siempre: Menos es más.

Tu única visita esencial a la DIAN, como persona natural, es para la inscripción y/o actualización del Registro Único Tributario (RUT). Este documento es tu cédula fiscal y debe reflejar fielmente tu realidad económica (actividad, responsabilidades y datos de contacto). Hoy, este trámite se puede iniciar y, en muchos casos, completar de forma virtual. Fuera de esto, no tienes absolutamente nada que hacer allá, y es una estrategia de gestión de riesgo inteligente evitar el contacto directo si no es estrictamente necesario o bajo la guía de un experto.

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El Caso de la Asesora Desautorizada: La DIAN NO Asesora, Fiscaliza

Quiero compartirles una historia real y muy común. Hace ya algún tiempo, una creadora de contenido me escribió porque, por desconfianza o duda, creía que su contadora le había presentado mal una Declaración de Renta. Motivo por el cual, decidió ir a una oficina de la DIAN buscando «asesoría».

REALMENTE ALLÁ NO LE SUMINISTRARON MAYOR INFORMACIÓN ni una solución detallada. El funcionario de turno, simplemente, le dijo que si consideraba que su declaración estaba mal o incompleta, lo que debía hacer era presentar una corrección tributaria.

Ella dejó el tema «en veremos» y, aproximadamente dos meses después, le llegó un Requerimiento Oficial (o una invitación a corregir) por parte de la DIAN.

Sé que muchos estarán pensando: “¡Entonces ella tenía razón y la declaración estaba mal!”

Aquí viene la lección clave en impuestos: la gestión tributaria es el arte de lo creíble, no de lo perfecto. Si bien es posible que esa declaración tuviera fallas o aspectos por optimizar, era una declaración ya presentada y, al menos, era fiscalmente creíble en su momento.

El Gran Error: Autodenunciarse ante el Ente de Control

Aunque probablemente nunca lo sabremos con certeza, para mí es obvio: a ella la requirieron no por un error «descubierto» previamente, sino porque ella se puso a ir a la DIAN, a identificarse con su cédula (RUT) y a exponer sus dudas, encendiendo una alerta en el sistema. En esencia, se autodenunció, dándole a la DIAN una pista sobre una posible inconsistencia que debía revisar.

La DIAN no está para sancionar a tu contador/a; está para sancionarte a ti, la contribuyente, si incumples con tus obligaciones.

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Si tienes dudas acerca de la calidad o el manejo del proceso tributario que te están llevando:

  1. Contrata inmediatamente un segundo asesor tributario especializado para que realice una auditoría fiscal de tus declaraciones y movimientos.
  2. Jamás vayas tú misma a la DIAN a preguntar sobre un posible error en tus declaraciones. Si se requiere un contacto directo, debe hacerlo tu apoderado o contador con la estrategia de defensa o justificación ya definida. ¡Tú no tienes nada que estar haciendo allá si no es para un trámite de rutina!

¿Corrección Tributaria o Gracia Divina?

Por supuesto que hay momentos donde se debe corregir una declaración tributaria y con prontitud, porque las consecuencias de una omisión o inexactitud pueden ser gravísimas (sanciones e intereses moratorios altísimos). Para esto, necesitas la cabeza fría de un especialista.

Pero hay otros momentos, cuando el error es menor o no es fácilmente detectable, donde iniciar una corrección por cuenta propia puede ser más perjudicial que el error mismo, pues le indicas a la autoridad dónde buscar.

En esos casos, como decimos en el argot fiscal, a veces lo mejor que puedes hacer es «rezar» y prepararte para una eventual fiscalización, pero sin provocarla.

Y por favor, nunca olviden este adagio popular aplicado a los impuestos:

El que tiene rabo de paja, no se debe acercar a la candela (y menos prenderla).